El Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira declaro de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN en los términos acordados y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así mismo se acuerda expedir copias fotostáticas mecanografiadas, de los folios 10 al 21, con inserción del presente autos. De igual manera se dispone oficiar a Juzgado Segundo de los municipios Libertador y Santos Marquina de la circunscripción judicial del Estado Mérida, a los fines de informar sobre la transacción realizada entre las partes, anexando copias fotostáticas certificadas de dicha transacción y del presente auto, para fines legales consiguientes