El Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO en los términos acordados y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; igualmente conforme a lo solicitado y con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Acuerda expedir Dos (02) Copias Fotostáticas Certificadas del escrito arriba descrito inserto en los folios 130 al 133, con inserción del presente auto para ser entregada a las partes.-. Por cuanto no hay más actuaciones que realizar; este Tribunal, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente.