PRIMERO: SE DECLARA LA CONFESION FICTA DE LA CIUDADANA GERTRUDIS MONSALVE, titular de la cédula de identidad Nº 4.627.054.
SEGUNDO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana MARBELIA JURADO MONTAÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.160.984, domiciliada en la ciudad de San Cristóbal, asistida por la abogada FRANCI OMAIRA ANGARITA CONTRERAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66974, en contra de la ciudadana GERTRUDIS MONSALVE, titular de la cedula de identidad N° 4.627.054, por Cumplimiento de Contrato; en consecuencia se declara:
1. RESUELTO EL CONTRATO DE VENTA suscrito entre GERTRUDIS MONSALVE, titular de la cédula de identidad N° 4.627.054 y MARBELIA JURADO MONTAÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.160.984, debidamente Notariado ante la Notaria Pública Quinta de San Cristóbal Estado Táchira, en fecha 04 de julio de 2005; inserto bajo el N° 81, Tomo 153, folios 174 y 175 de los libros de autentic.....