DECIDE:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR COBRO DE BOLIVARES mediante el PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, interpusieron los abogados DIKC FRANK ROSALES ORTÍZ, RICHARD ALEXANDER RAMÍREZ QUIJADAS, MARILIA ALMARI GUERRERO RIVAS, endosatarios en procuración de la ciudadana ISABEL CARDENAS DE ANGARITA, identificada en autos, en contra de los ciudadanos, NIUMAR JAIMES DE ANAVITATE y ALIXON ANAVITATE suficientemente identificados en autos, en consecuencia se les condena:
A-) A PAGAR SIETE MILLONES DE BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs 7.000.000,oo), por concepto del capital contenido en las letras de cambio, objeto de la presente acción.
B-) A PAGAR DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs 224.235,oo), por concepto de intereses moratorios calculados a la tasa del 5% anual, hasta la fecha de introducción de la demanda.
C-) A PAGAR ÚNICAMENTE LA CANTIDAD QUE MÁS FAVOREZCA AL ACTOR Y QUE RESULTE DE LA CORRECCIÓN MONETARIA O CÁLCULO DE INTE.....