PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por el abogado GENADIO ALFONSO MORENO URIBE, actuando como apoderado de la demandada LUZ MARINA HOYOS DE CACERES, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de esta Circunscripción Judicial, en fecha 17 de enero de 2007.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA que por DESALOJO POR FALTA DE PAGO DE CANON DE ARRENDAMIENTO, interpuso el ciudadano CARLO DAVID MORA ALTUVE en contra de la ciudadana LUZ MARINA HOYOS DE CACERES, ambas partes suficientemente identificadas en la presente decisión.
TERCERO: SE ORDENA LA DESOCUPACION y ENTREGA MATERIAL INMEDIATA, del inmueble arrendado, consistente en dos (2) locales con entradas independientes unidos entre si, que forman parte de un inmueble ubicado en la carrera 10, con esquina de calle 9, No 9-83 de esta ciudad de San Cristóbal.
CUARTO: Queda así CONFIRMADA la decisión apelada.
QUINTO: Se condena en costas a la parte demandad.....