Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA interpuesta por la ciudadana MARÍA SORCELINA TORRES ESCALANTE en contra de la ciudadana CARMEN AURORA PORRAS TORRRES, en su condición de hija y heredera del ciudadanos JOSÉ MOISÉS PORRAS OROZCO, plenamente identificados en autos, en consecuencia:
PRIMERO: Se DECLARA LA EXISTENCIA DE LA RELACIÓN CONCUBINARIA, entre la ciudadana MARÍA SORCELINA TORRES ESCALANTE y JOSÉ MOISÉS PORRAS OROZCO, desde el 20 de abril de 1966 hasta el 5 de junio de 2016, fecha del fallecimiento del ciudadano JOSÉ MOISÉS PORRAS OROZCO.
SEGUNDO: no hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, fir.....