PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA interpuesta por la ciudadana CONSUELO SANTANA, asistida por el abogado JORGE ELIECER MELENDEZ VERA en contra de los ciudadanos JESUS ARMANDO ALVAREZ CAVADIAS y GERRY DAVID ALVAREZ SANTANA, plenamente identificados en el presente fallo, en consecuencia declara que entre la ciudadana CONSUELO SANTANA y el causante JOSE ARMANDO ALVAREZ CAVADIAS, existió una relación concubinaria desde el año 1073 hasta el 19 de octubre de 2012.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.