declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarles a los ciudadanos, ALIX TERESA URBINA DE CELIS, MARIA CONSUELO BAEZ DE CELIS ya identificadas, y a RAFAEL ANGEL CELIS NOGUERA, venezolano, mayor de edad, perito agropecuario, titular de la Cedula de Identidad N° V-52.170, en su condición de cónyuge la primera y padres los dos últimos el carácter de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido RAFAEL ANGEL CELIS BAEZ.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.-