PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de PARTICIÓN intentada por la abogada XIMENA DE LA CONSOLACIÓN BIAGGINI LABRADOR, apoderada judicial del ciudadano RODOLFO ROJAS LINDARTE en contra de la ciudadana FANNY SUESCUN SEPULVEDA, suficientemente identificados, en consecuencia: Se ORDENA la partición en una proporción del 50% para cada uno de los condóminos del siguiente bien:
1.- Una casa para habitación construida inicialmente sobre un lote de terreno ejido que tiene una extensión superficiaria de diez metros de frente por veintiocho metros de fondo, ubicada en la avenida 6, N° 1-29 del Barrio Doña Nidia, del Municipio Cúcuta, Departamento Norte de Santander, República de Colombia, construida en paredes de ladrillo, pisos de cemento, techos de eternit, puertas y ventanas metálicas, integrada de sala, dormitorio, alcoba, comedor, un tanque para el depósito de agua, lavadero, inodoro, luz propia, y su correspondiente solar encerrado en varas paradas, y que alindera de la siguiente manera: NORTE.....