DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA por DAÑO MORAL, interpuesta por los ciudadanos OMAR MENDOZA CHACÓN Y LEIDA MARINA TREJO SÁNCHEZ, asistido por el abogado JOSE GREGORIO BLANCO VERA en contra de la ASOCIACIÓN CIVIL BRISAS DEL PALMAR, ampliamente identificados en este fallo, en consecuencia se le ordena a éste, pagarle a los ciudadanos OMAR MENDOZA CHACÓN Y LEIDA MARINA TREJO SÁNCHEZ, la suma de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000,oo), por concepto del daño moral causado.
Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y NOTIFÍQUESE, déjese copia para el archivo del Tribunal