DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE CONVERSIÓNEN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES DE LOS CIUDADANOS LEVIS MARIA CARDENAS DE AYALA y JOSE ARMANDO AYALA, ya identificados. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día 02 de Mayo de 1979, por ante la Prefectura del Municipio La Concordia, Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, según acta de Matrimonio Nº 157