DECLARA CON LUGAR, la demanda de Divorcio incoada por la ciudadana ROSA MARIA PEREZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.932.984 contra el ciudadano CARLOS RAMON GARCIA VARELO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.764.255 por Divorcio, fundamentándose en la causal 3º del artículo l85 del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre ellos el día 26 de Diciembre de 1973, por ante la Prefectura del Municipio Uribante del Estado Táchira según acta de Matrimonio N° 154.--------------------------------
De conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil insértese la presente sentencia en los libros del Registro Civil de matrimonios llevado por la Prefectura antes mencionada y por el Registro Principal del
Estado Táchira, y remítase copia certificada de la misma a los fines de que sea estampada la correspondiente nota marginal a la referida .....