Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de los demandados FÉLIX JOSÉ REVILLA VIVAS, MIGUEL GREGORIO REVILLA VIVAS, YUDITH COROMOTO REVILLA VIVAS, EDGAR RAMÓN REVILLA COLINA, JULIO CÉSAR REVILLA COLINA y LISBET TIBISAY REVILLA COLINA, plenamente identificados al inicio del presente fallo.
SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE LA UNIÓN CONCUBINARIA, interpuesta por la ciudadana CARMEN TERESA VIVAS COLEGIAL, en contra de los ciudadanos FÉLIX JOSÉ REVILLA VIVAS, MIGUEL GREGORIO REVILLA VIVAS, YUDITH COROMOTO REVILLA VIVAS, EDGAR RAMÓN REVILLA COLINA, JULIO CÉSAR REVILLA COLINA y LISBET TIBISAY REVILLA COLINA, todos plenamente identificados en el presente fallo.
TERCERO: LA EXISTENCIA DE LA RELACIÓN CONCUBINARIA surgid.....