´PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el abogado Francisco Elías Codecido Mora, actuando con el carácter de endosatario en procuración de la sociedad mercantil Unidad Quirúrgica 2000, C.A., en contra de la ciudadana Alisson Josealing Valero Germán, en su condición de librada aceptante, por cobro de suma liquida de dinero por el procedimiento de intimación, con fundamento en la dos letras de cambio que fueron acompañadas junto con el escrito libelar. En consecuencia, se condena a la demandada a pagar a parte demandante la suma DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA (2844 USD), ó su equivalente en bolívares según la tasa de cambio a la fecha de pago, tal como lo establece el Artículo 128 de la Ley del Banco Central de Venezuela, por concepto del saldo deudor del capital de la letra de cambio emitida en San Cristóbal el 16 de enero de 2021, para ser pagada el 25 de enero de 2021, por la cantidad de 3.344 USD a la o.....