Ahora bien, de las actas procesales que conforman la presente causa, se evidencia que en la debida oportunidad procesal la parte demandada no acreditó haber pagado; en consecuencia, precédase al embargo ejecutivo del inmueble propiedad de la demandada ciudadana Carmen Judith Becerra Contreras, sobre el cual recayó la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un lote de terreno propio ubicado en Copa de Oro, Municipio Guásimos, Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son FRENTE: mide trece metros (13 mts) con carretera interna; FONDO: mide trece metros (13 mts) con terrenos de Vicente Vargas; LADO DERECHO: mide diecinueve metros (19 mts) con terrenos de Herminio del C. Medina B.; LADO IZQUIERDO: mide diecisiete metros (17 mts) con terrenos de Elena del Carmen Salcedo. Hoy según Plano de Mensura, avalado por la Alcaldía Bolivariana del Municipio Guásimos, Estado Táchira, sus medidas y colindantes actuales son: NORTE: Carretera Interna, mide once con cincuenta y seis metros (11,56.....