ADMITE la petición de prorroga que formulará las PERSONAS JURÍDICAS: ¿INVERSIONES BARNA C.A¿, y del FONDO DE COMERCIO ¿ROBERTO CORBI VICTORIA¿. PERSONA NATURAL: ROBERTO CORBI VICTORIA. En consecuencia, SE DECLARA A LAS NOMBRADAS COMPAÑIAS Y AL COMERCIANTE SOLICITANTE EN PROCEDER A UNA NUEVA PRORROGA PARA LA LIQUIDACIÓN AMIGABLE DE SUS NEGOCIOS, PARA LO CUAL SE LES ESTABLECE 1.-La duración de la prorroga, de (12) meses contados a partir de la fecha de esta decisión; y durante este lapso Los Solicitantes quedan autorizados para continuar su giro Comercial, con la facultad de proceder a ello al respecto de todo el activo con miras a la extinción del pasivo, con el concurso de la comisión de acreedores, ya nombrada por este Juzgado, del Sindico ciudadano FELIX GUGLIELMI MEDINA y bajo la dirección superior del Tribunal 2.- Las Compañías y los Comerciantes beneficiados quedan obligados de hacer constar el haber pagado dentro del plazo de la nueva prorroga que aquí se les concede.....