III
DECISION
Por los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente:
ÚNICO: Homologa el Desistimiento al recurso de apelación que fuera interpuesto por el ciudadano Julio César Hernández Bautista, quien funge como víctima en la presente causa, asistido en este acto por la abogada Elizabeth Hernández de Guaura, contra la decisión dictada el día 11 de abril de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 10 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, conforme al artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal, dándole autoridad de cosa juzgada.
Publíquese, regístrese, notifíquese, y déjese copia de la presente sentencia.