1. Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Gerson Ovalles, apoderado especial de la Sociedad Mercantil "Inversiones MAKLED" C.A.
2. ANULA conformidad con el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal, la decisión dictada el 17 de septiembre de 2005, por la Juez de Primera Instancia en Función de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Extensión San Antonio, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de entrega de vehículo por parte del Abogado Gerson Ovalles, apoderado especial de la Sociedad Mercantil "Inversiones MAKLED" C.A., en la cual solicitó la entrega material del vehículo identificado con las siguientes características: Placas 071-SAN, serial de carrocería: R612SXHDV8894, serial de motor: EE63152M4966V, marca: Mack, modelo: R612SXHD, año 1983, color amarillo, clase: camión, tipo: chuto, uso: carga, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
3. ORDENA que un juez distinto pero de ig.....