Primero: Declara sin lugar la inhibición propuesta por el abogado José Hernán Oliveros Gómez, Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, en la causa seguida contra los ciudadanos Yesun Yoan Núñez Niño, Pasor Alberto Rangel Laguna, Argenis Eduardo Bracho Jacome y Miguel Fernando Rodríguez Pérez.
Segundo: Ordena que la causa sea pasada nuevamente al referido Juez, a los fines de la prosecución del proceso, conforme a lo previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.