DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de revisión de sentencia definitivamente firme interpuesto por la abogada Neisa Navas Ramírez en su condición de Defensora Privada del penado Ureña Prato Engels Oscar.
SEGUNDO: MODIFICA la decisión dictada en fecha 11 de Junio de 2008, y publicada in extenso en fecha 19 de junio de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante el cual, entre otros pronunciamientos, sentenció al referido penado, a cumplir la pena de trece (13) años y cuatro (04) meses de prisión, por la comisión de los delitos de Coautor de Asalto a Taxi, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 357 del Código Penal, en perjuici.....