1. Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MAYELA RAMIREZ DE BRICEÑO, con el carácter de defensora pública del penado EFRAIN RAMIREZ USECHE.
2. CONFIRMA la decisión dictada el 27 de noviembre de 2009, el Juez de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 02, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró improcedente y negó el beneficio de destino a régimen abierto solicitado por el penado EFRAIN RAMIREZ USECHE, por no cumplir con los requisitos previstos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.