1. Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado MOLINA GUTIERREZ SERBIO TULIO, con el carácter de apoderado del ciudadano PASTOR ANTONIO PEREZ ZAMBRANO.
2. CONFIRMA la decisión dictada el 11 de abril de 2007, por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 4, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la entrega del vehículo clase: camión, tipo: estaca, uso: carga, marca: Ford, modelo: F-350, año: 1987, color: blanco, placa: 663-XDT, serial de carrocería AJF39310935, serial de motor: 6 cilindros, solicitado por el abogado EDUVER JUVENCIO PEREZ GANDICA, quien para ese momento actuaba con el carácter de apoderado del ciudadano PASTOR ANTONIO PEREZ ZAMBRANO, de conformidad con lo previsto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
3. ORDENA proseguir la investigación a los fines de determinar el legítimo propietario del objeto material reclamado, así como el esclarecimiento de los hechos, conforme a los artículos 13 y 311.....