DECISIÓN
Por las razones que anteceden, esta única sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado Jofre Reniel Colmenares Altahona, actuando con el carácter de fiscal auxiliar interino décimo séptimo y en colaboración en la sala de flagrancia del Ministerio Público Circunscripción Judicial del Estado Táchira, contra la decisión dictada en fecha 29 de mayo del 2018 y publicada en fecha 30 de mayo del 2018, por el Tribunal Cuarto en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal mediante la cual entre otros pronunciamientos calificó la flagrancia en la aprehensión del imputado Quinto Alan Márquez Agelvis, por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículo Proveniente de Robo o Hurto, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Delit.....