III
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto en fecha 01 de junio de 2005, por las Abogadas Catherine Oliveros Barrios y Karin Celis, inscritas en el Inpreabogado bajo los Ns°. 31.647 y 38.772, en su carácter de co-apoderadas judiciales de la parte demandada, Ejecutivo del Estado Táchira, contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante auto de fecha 27 de mayo de 2005.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, en razón de los privilegios procesales que goza el Estado, esto de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Expídase copia cer.....