V
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento del recurso de apelación efectuado por la parte demandante recurrente, reconociéndosele el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: FIRME la sentencia de fecha 14 de abril de 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: En la oportunidad procesal correspondiente, bájese el expediente al Tribunal del origen.
CUARTO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
Publíquese y regístrese. Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho d.....