DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte demandante en fecha 24 de mayo de 2011, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 20 de mayo de 2011.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada.
TERCERO: SE DECLARA PACIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano JUAN CARLOS NACIMIENTO OSORIO en contra de la VENEZOLANA DE ESTOPAS, C.A.
En consecuencia, se condena a la demandada a pagar al actor, la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs. 15.000,00), por concepto del daño moral acordado.
CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS de confor.....