III
DISPOSITIVO
Por los fundamentos fácticos y jurídicos explanados, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 01 de octubre de 2009, por el abogado Juan José Matiguan Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 91.185, apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 28 de septiembre de 2009.
SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN POR COBRO DE INTERESES MORATORIOS del ciudadano EMIRO ANTONIO RODRÍGUEZ MÉNDEZ, y en consecuencia, SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por el referido ciudadano en contra de la Gobernación del Estado Táchira.
TERCERO: SE REVOCA EL FALLO APELADO. .....