IV
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto en fecha 17 de junio de 2005, por el Abogado Belkis Cenobia Carrero González, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 31.112, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandada Colectivos Barrio Sucre Libertador Administración Obrera C.A, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 10 de junio de 2005.
SEGUNDO: Se Confirma la Decisión Apelada.
TERCERO: Se Condena en Costas a la parte Recurrente por haber resultado totalmente vencida.
Expídase copia certificada de la prese.....