DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la empresa GULLERMO VILLAMIZAR MARTÍNEZ S.R.L., nombre comercial PANADERÍA LA CONCORDIA, en contra del Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la Providencia Administrativa sancionatoria N° 018-2005, de fecha 8 de diciembre de 2005, emanada del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Táchira, Mérida, Trujillo y Barinas, a través de la cual se impuso a la accionante multa por la cantidad de CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES, CIENTO CINCUENTA Y UN MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 137.151.000,oo), monto que a la fecha actual viene a ser la ca.....