III
DISPOSITIVO
Por las razones aducidas anteriormente, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 30 de junio de 2005, por los Abogados en ejercicio Thais Gloria Molina Casanova y Uriel Yvan Marín Becerra, inscritos en el Inpreabogado bajo los Ns°. 26.129 y 63.399, en su carácter de co-apoderados de la empresa demandada AVICULTURA INSUMOS Y SERVICIOS C.A (AVINSER), contra la decisión proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 27 de junio de 2005, por consiguiente, improcedente el caso fortuito y la fuerza mayor.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA propuesta por los ciudadanos SIMON ARMANDO CEGARRA SANCHEZ Y JOEL DARIO CEGA.....