PRIMERO: SE ADMITE EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD presentado por la abogada ANA CECILIA ROMERO MOGOLLÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.330.738, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 97.831, actuando con el carácter de Directora Presidente de la Sociedad Mercantil "CULTIVOS ANGARABECA SOCIEDAD ANÓNIMA", y acuerda sustanciarlo de conformidad con lo previsto en los artículos 163, 167 y siguientes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
SEGUNDO: SE ORDENA la notificación del:
1. Instituto Nacional de Tierras (INTI), en la persona de su Presidente mediante oficio junto con copia certificada del escrito contentivo del recurso y del presente auto.
2. Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, mediante oficio con copia certificada del libelo de demanda, del presente auto y copia fotostática de los recaudos presentados por el recurrente.
3. Al ciudadano DIXON RAMÓN MOLINA COLME.....