PRIMERO: ADMITIR LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el abogado WILMER JESÚS MALDONADO GAMBOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.156.221, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 67.025, actuando en nombre y representación del ciudadano NELSON ORLANDO GÓMEZ BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.215.181, con domicilio en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, contra la sentencia dictada por los Jueces Retasadores en Procedimiento de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales en fecha 5 de mayo de 2006, en el juicio que cursó ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el expediente N° 5066, por la presunta violación al debido proceso y subversión del orden público.
SEGUNDO: NOTIFICAR A:
1) PRESUNTO AGRAVIANTE: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil.....