PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado AUDY ARQUÍMEDES LEÓN, actuando a su decir con el carácter acreditado en el expediente signado con el N° 5.278 llevado por ante el Tribunal de la causa (sin indicar que Tribunal).
SEGUNDO: En vista de no tenerse conocimiento de cual es el Tribunal en que se encuentra el expediente en que se recurrió de hecho, remítase en su oportunidad legal copia fotostática certificada de la presente decisión a todos los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, así como también al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta misma Circunscripción Judicial.
Publíquese esta sentencia en el expediente N° 1.646, y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada, Y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, DE PROTECCIÓN DEL NIÑO.....