PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado WILMER JESÚS MALDONADO GAMBOA actuando con el carácter de co-apoderado judicial del ciudadano DICKSON RUBERTH MORÁN PULEO, contra el auto dictado el 31 de octubre de 2.013 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, diarizado bajo el N° 04.
SEGUNDO: Se declara IMPROCEDENTE el rechazo planteado por la representación judicial del demandado, de recibir la suma consignada por la actora ciudadana MARÍA CAROLINA MÉNDEZ GALVIS el 23 de agosto de 2.013.
TERCERO: Se declara TEMPORÁNEA la consignación efectuada por la ciudadana MARÍA CAROLINA MÉNDEZ GALVIS en fecha 23 de agosto de 2.013, y en consecuencia, VÁLIDO el pago efectuado por la demandante a favor del ciudadano DICKSON RUBERTH MORAN PULEO.
Queda CONFIRMADO el auto dictado el 31 de octubre de 2.013 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tráns.....