PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta el 26 de junio de 2007 por el abogado ÁNGEL JOSÉ ILUMINADO PETIT, en representación de la Sociedad Anónima POCICRÍA, contra la decisión proferida en fecha 5 de junio de 2007 por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se ANULA de oficio la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 5 de junio de 2007. En consecuencia, se ordena al Juez de Primera Instancia Agrario que resulte competente proceda a sentenciar el fondo del asunto.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese esta decisión en el expediente Nº 1645, y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Prot.....