PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado FELIPE ORESTERES CHACÓN MEDINA, en su carácter de coapoderado judicial de la parte demandada ciudadano JOSÉ GABRIEL CARRERO ALFONSO, contra de la decisión dictada en fecha 9 de mayo de 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la adhesión a la apelación interpuesta por el abogado LUIS ENRIQUE GÓMEZ COLMENARES, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano RONALD ALAIN HERRERA PÉREZ.
TERCERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO incoara RONALD ALAIN HERRERA PEREZ contra el ciudadano JOSÉ GABRIEL CARRERO ALFONSO. En consecuencia, se condena al demandado JOSÉ GABRIEL CARRERO ALFONSO al desalojo del inmueble signado con los números 17-69 y 8-5, ubicado en la Calle 8 Esquina Carrera 18 Edificio Marcol’s Planta Baja, Barrio Obrero de esta ciudad de San C.....