PRIMERO: CON LUGAR la recusación propuesta por la abogada LUZ INDIRA GÁMEZ SUÁREZ contra el ciudadano Juez del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira abogado GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR.
SEGUNDO: REMÍTASE con oficio copia computarizada certificada de la presente decisión a los Juzgados Primero, Segundo y Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
En su oportunidad legal, remítase el presente expediente al Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, el cual en fecha 21 de junio de 2012 recibió la causa N° 6.253 por distribución, quedando nomenclada en dicho Despacho bajo el N° 13.428-12, a fin de que se agregue como cuaderno separado a la misma.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y déjese copia certificada de esta decisión, para el archivo del Tribunal, según lo ordenan los artículos 247 y 248 del Código d.....