PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 13 de febrero de 2014 por el abogado EDWIN ROJAS FUENTES (plenamente identificado), en representación de la parte demandada, contra el auto de fecha 11 de febrero de 2014 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto de fecha 11 de febrero de 2014, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que resolvió:
"... considera este Juzgado procedente la prórroga del lapso de evacuación de pruebas sobre la incidencia surgida y como consecuencia de ello con el ánimo de cumplir con el principio del equilibrio procesal, el principio de la seguridad jurídica y el estado de derecho previsto y sancionado en el artículo 257 Constitucional, considera prudente conceder una prórroga de doce (12) días de despacho, los cu.....