PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 25 de enero de 2007 por la abogada BETTY MARÍA DÁVILA, actuando como co-apoderada judicial de la parte agraviante TRANSPORTE RONHALD INTERNACIONAL C.A., contra la decisión dictada el 23 de enero de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Queda CONFIRMADA la decisión dictada en fecha 23 de enero de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Publíquese esta sentencia en el expediente Nº 1541 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.