PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada MAGALY SOCORRO PARRA DE DEPABLOS contra el auto de fecha 02 de abril de 2008 dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: QUEDA CONFIRMADO el auto apelado, de fecha 02 de abril de 2008 dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en cuanto que , NIEGA LA ADMISIÓN de las pruebas promovidas en el CAPITULO TERCERO, DE LA PRUEBA DE INFORMES, en cuanto a los puntos PRIMERO Y SEGUNDO; CAPITULO QUINTO, DE LAS POSICIONES JURADAS en lo que respecta a los ciudadanos EUCLIS RUIZ PARADA, FREDDY ANTONIO DEPABLOS y PABLO EMILIO GAUTA MARTINEZ; CAPITULO SEXTO, DE LA EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS, sólo en lo que respecta a los ciudadanos EUCLIES RUIZ PARADA y FREDDY ANTONIO DEPABLOS; y CAPITULO OCTAVO, DE LA PRUEBA DE EXPERTICIA.
TERCERO: SE CONDENA EN CO.....