Por las razones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL, se DECLARA INCOMPETENTE para conocer y decidir la presente Acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano FAVIO EULEY RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.033.848, asistido por las abogadas AUDELINA VALERA MÁRQUEZ y JANETH CAROLINA PANQUEVA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-1.576.421 y V-10.163.461, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 19.356 y 79.737, contra el Juez Temporal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, por haberse violado presuntamente su derecho constitucional al debido proceso, dere.....