UNICO: Declara INADMISIBLE el Recurso de Amparo Constitucional Sobrevenido interpuesto por los ciudadanos abogados JOSHUAR ALBERTO PEREZ ALVAREZ Y GONMAR PEREZ MENDOZA, actuando con el carácter conferido en el Código de Procedimiento Civil en su articulo 168 único aparte en concordancia con el articulo 166 ejusdem y 3 de la Ley de Abogados y en atención del deber de abogar a favor de su padre consanguíneo el primero y el segundo de tío consanguíneo, del ciudadano ORLANDO ALBERTO PEREZ DIAZ.