PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada AYDEE TERESA OSTOS RAMÍREZ, como co-apoderada judicial del ciudadano RAFAEL EDUARDO MÉNDEZ SÁNCHEZ, contra el auto dictado el 13 de agosto de 2013 por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas, y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con asiento diario N° 35.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa prevista en el ordinal 6 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, promovida por los abogados EDWIN ALEXIS PERNÍA SÁNCHEZ y CARLOS ALBERTO CARRERO ALVAREZ, co-apoderados judiciales del ciudadano ANTONIO JOSÉ MORENO, mediante escrito de fecha 01 de agosto de 2013. En consecuencia: SE REVOCA el auto dictado el 13 de agosto de 2013 por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas, y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con asiento diario N° 35.
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