PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta el día 07 de agosto de 2007 por el ciudadano EDERIK SAMIR SÁNCHEZ ECHEVERRÍA, asistido por la abogada SUSANA DUEÑAS JIMÉNEZ, contra la sentencia de fecha 20 de julio de 2007 dictada por el Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia apelada de fecha 20 de julio de 2007 dictada por el Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.-
Con fundamento a lo establecido en el artículo 525 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, remítase la presente causa al juzgado de la causa en su oportunidad legal.
PUBLÍQUESE esta sentencia en el expediente Nº 1693 y REGÍSTRESE, conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho d.....