PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de junio de 2.013, por el abogado FELIPE ORESTERES CHACÓN MEDINA en su condición de co-apoderado judicial de la parte demandante ÁNGELA MALDONADO DE CARRILLO, contra el auto dictado el 14 de junio de 2.013 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con asiento diario N° 08.
SEGUNDO: Se ANULA el auto de homologación dictado el 14 de junio de 2.013 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción del estado Táchira, con asiento diario N° 08.
TERCERO: Se HOMOLOGA el acuerdo contenido en el acto conciliatorio de fecha 26 de abril de 2.011 y se le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En CONSECUENCIA, se constituye derecho de usufructo de por vida a la ciudadana Ángela Maldonado de Carrillo, venezolana, mayor de edad, con cédula de identid.....