ÚNICO: Se confirma la sentencia sometida a consulta, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira en fecha 9 de julio de 2013, mediante la cual: Declaró INHABIL al ciudadano ALFONSO ORELLANA PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.999.908, de 63 años de edad y domiciliado en el Municipio San Cristóbal del estado Táchira; designó como su curadora a la ciudadana VANESSA CAROLINA ORELLANA ROSARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.720.917, que deberá intervenir y asistir al declarado inhábil cuando vaya a realizar cualquier acto, aunque sea de simple administración; que una vez firme la decisión, conforme a los artículos 414 415 del Código Civil, ordenó registrar y publicar el decreto de inhabilitación; y que conforme el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece entre otros aspect.....