ÚNICO: Se declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado CRISTIAN FARIA MALDONADO, actuando a su decir, como apoderado judicial de las ciudadanas DAICY MARLENE MALDONADO y CARMEN ROSA MALDONADO RINCÓN, ya identificadas; contra el Juzgadoo Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
Se condena en costas a la parte accionante de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en razón de haber resultado improponible la acción.
Publíquese esta sentencia en el expediente N° 3513 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los seis (6) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia y 158° de l.....