PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD del Acto Administrativo emanado del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (I.N.T.I.) en el punto de cuenta N° 03 de la sesión N° 59-05, de fecha 17 de agosto de 2005, que accionaran los abogados OLGA DURÁN DE CASTRELLÓN y ADRIÁN ZERPA LEÓN, según poder especial que les otorgara el ciudadano LEOPOLDO JOSÉ BAPTISTA ZULOAGA, con el carácter de apoderado general del mencionado ALFREDO PAÚL DELFINO.
SEGUNDO: Por cuanto la presente decisión no obra en contra de los intereses del Estado, particípese solamente mediante oficio con copia fotostática certificada de la presente decisión al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, sin que su acuse de recibo impida el transcurso del lapso de apelación.
NOTIFÍQUESE a la parte recurrente y al Instituto Nacional de Tierras mediante boleta. Líbrese cartel de notificación a los terceros interesados en sede administrativa y/o cualquier pe.....