PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación de fecha 17 de noviembre de 2005 interpuesta por el abogado ALEXIS GERARDO ZAMBRANO CARRILLO, actuando con el carácter de coapoderado judicial del ciudadano MARTÍN ENRIQUE CARRILLO RIVERA, en contra de la decisión dictada por la Juez Unipersonal Nº 4 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el 7 de noviembre de 2005.
SEGUNDO: Se DEJA SIN EFECTO el Decreto de Separación de Cuerpos y de Bienes dictado por la Juez Unipersonal Nº 4 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente en fecha 19 de agosto de 2004, cesando el derecho de solicitar la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos entre los ciudadanos MARTÍN ENRIQUE CARRILLO RIVERA y PATRICIA LISBEHY SÁNCHEZ MARTÍNEZ, y en consecuencia, se declara extinguido el presente procedimiento.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Queda CONFIRMADA la sentencia apela.....