PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 22 de junio de 2017, por el abogado KELVYN GABRIEL VILLA OLMOS en su carácter de apoderado judicial del demandado WILLIAM HAROLD VILLA ARDILA, contra la decisión dictada el 21 de junio de 2017 por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, registrada en el Libro Diario bajo el N° 33.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada el 21 de junio de 2017 por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, registrada en el Libro Diario bajo el N° 33, que declaró: CON LUGAR la demanda por desalojo incoada por el ciudadano LUIS ARMANDO VEZGA VILLAR, titular de la cédula de identidad N° V-5.648.465 contra el ciudadano WILLIAM HAROLD VILLA ARDILA, titular de la cédula de identidad N° V-10.171.005. en.....